Micelio
Auto4 de marzo de 2011

A- de 2011

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Leonor Alfaro Cabrera·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Sociedad De Cirugia Y Hospital San Jose
  • Solicitud informe de cumplimiento a orden impartida en sentencia T-385/09 y respuesta a incidente de desacato propuesto por accionante
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de apertura de incidente de desacato de la sentencia de la referencia.

La Sala considera que para pronunciarse debe conocer los términos en que se cumplió la orden impartida en la sentencia T-385/09y ordena oficiar tanto a la entidad accionada como al Despacho Judicial de primera instancia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. ORDENAR, por la Secretaría General de la Corte Constitucional, a la Sociedad de Cirugía de Bogotá, D.C, Hospital San José que en el término de 48 horas, contadas a partir de la notificación del presente auto, que indique de manera precisa y específica cómo y en qué término cumplió con la orden que le fue impartida en la sentencia T-385 de 2009. En caso de no haberlo hecho deberá adoptar las medidas adecuadas y necesarias para cumplirla dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación, y así informarlo a la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional.
  2. Segundo. ORDENAR, por la Secretaría General de la Corte Constitucional al Juzgado 33 Civil Municipal de Bogotá, que en el término de 48 horas contadas a partir de la notificación del presente auto, que remita copia de todas las actuaciones que ante ese despacho judicial se hayan surtido con posterioridad a que la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional dictara la sentencia T-385 de 2009, en especial lo concerniente al incidente de desacato propuesto por la señora Leonor Alfaro Cabrera, la respuesta del mismo y su desarrollo. De manera específica y detallada se deberá informar las medidas concretas que se han adoptado para asegurar el goce efectivo de los derechos fundamentales de la señora Leonor Alfaro Cabrera.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.